El Pleno del Ayuntamiento de San Miguel de Abona aprueba inicialmente la Ordenanza de la Administración Electrónica

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona en sesión plenaria, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la Administración electrónica para el consistorio sanmiguelero, mediante la cual se regulará de forma exhaustiva las implicaciones de la implantación de la administración electrónica en el municipio.

El alcalde sanmiguelero, Valentí­n González y el edil de Empleo y Desarrollo Local, Lot Garcí­a, han comentado que la puesta en marcha de la Administración Electrónica forma parte del Plan de Modernización Municipal con el que se trabaja desde hace años en colaboración con el Cabildo tinerfeño, y con el que se pretende adaptar los servicios municipales a las nuevas tecnologí­as, acercando la Administración al ciudadano.

Los ediles resaltan que «este servicio, supondrá una mejora de la calidad, agilidad y rendimiento de los servicios a la ciudadaní­a, y mejorará la eficacia de los recursos públicosya que se simplificarán los trámites burocráticos, se reducirán los tiempos de espera al acortarse la gestión presencial y además, se reducirán costes, como los derivados del papel y los consumibles«.

Dicha ordenanza, ha sido elaborada por una comisión de trabajo multidisciplinar, compuesta por representantes de diferentes municipios, y en su redacción se ha perseguido sobre todo, la regulación de los derechos de la ciudadaní­a en la utilización de la Administración Electrónica en el ámbito municipal, cumpliendo lo establecido en la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Con la puesta en marcha de esta ordenanza se crea la sede electrónica del Ayuntamiento de San Miguel de Abona, en la dirección https://sede.sanmigueldeabona.es.

Según la misma se establece que el ámbito de aplicación serán las relaciones de la ciudadaní­a que tengan carácter jurí­dico-administrativo. La consulta de la información pública administrativa y de los datos administrativos que estén en poder del Ayuntamiento, la realización de los trámites y procedimientos administrativos incorporados a la tramitación por ví­a electrónica, el tratamiento de la información obtenida por el Ayuntamiento en el ejercicio de sus potestades y la utilización de los canales de prestación de los servicios establecidos por el Ayuntamiento.

Tras su aprobación inicial, el expediente se encuentra sometido a información pública en el Boletí­n Oficial de la Provincia así­ como en el en Tablón de anuncios del Ayuntamiento, para su posterior aprobación definitiva.

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