Entra en Vigor la nueva Ordenanza del Servicio de Auto-Taxis, que regulará las condiciones generales de prestación del servicio

Desde el área municipal de transporte se ha iniciado una campaña de información sobre el procedimiento y modelo para la tramitación de la nueva normativa.

La Ordenanza del Servicio de Auto-Taxis, cuya propuesta fue presentada por la Concejala de  Transportes, Candelaria Flores, y que regulará el transporte en taxi, la cual ha sido adaptada a sus vez al Reglamento de Desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, así como al Reglamento del Servicio del Taxi.

El alcalde del municipio, Valentín González, declaraba que “se regularán las condiciones generales de prestación del servicio, existiendo la posibilidad de que el mismo puede ser prestado personalmente por los titulares de la licencia o mediante la contratación como máximo de dos conductores o conductoras asalariados, no permitiéndose contratos de trabajo por períodos inferiores a veinte horas semanales”. Asimismo, añade que “desde el área municipal de transporte se ha procedido a la adaptación de los procedimientos administrativos conforme a dicha normativa, estando disponibles los diferentes modelos para la tramitación tanto en las oficinas del SAC como en las sede electrónica del ayuntamiento”. En este sentido se han mantenido las reuniones pertinentes con la Asociación de Auto-Taxis de San Miguel de Abona, quienes han procedido a llevar a cabo los respectivos cambios en el servicio.

Por su parte, Candelaria Flores, apuntaba que “como novedad en este nuevo reglamento destaca que entre las características del vehículo habrá una cantidad mínima de cinco plazas  y una máxima de nueve plazas”, añadiendo además que “para acceder al permiso municipal para conducir auto-taxis se debe pasar como mínimo dos pruebas de aptitud al año en las que se incluirá, entre otras, el conocimiento del patrimonio y lugares de interés turístico del municipio, así como del propio reglamento o pruebas de inglés, esta última de carácter voluntario”.

Entre los aspectos que se regulan destaca las condiciones de estacionamiento, de los turnos en las paradas y de la circulación; los turnos, días y descansos; las condiciones exigibles en cuanto a seguridad del vehículo; la indumentaria y equipamiento del vehículo, las condiciones específicas sobre publicidad exterior e interior del vehículo, la información de transportes y tarifas; o la calidad y adaptación a la demanda de las personas usuarias; en este último caso se especifica que un 5% de las licencias deben corresponder a vehículos adaptados para personas con discapacidad. Se resalta además que la regulación de las tarifas en las vías urbanas estará fijada por el Ayuntamiento y, en el caso de las interurbanas, por el Gobierno de Canarias.

Cabe destacar igualmente que los vehículos tendrán que pasar por una revisión anual en relación a las condiciones de seguridad, conservación y documentación. Desde el consistorio se especifica que esta revisión municipal  se llevará a cabo por parte de la Policía Local, dentro de las competencias que le son propias, incluyéndose en el Reglamento un régimen de clasificación de sanciones. Igualmente, se establece las condiciones de vigencia, suspensión, transmisión, rescate y extinción de las licencias municipales, además de prever, como medida de agilización administrativa, la posibilidad de tramitar conjuntamente la expedición de la licencia municipal y de la autorización insular.

Finalmente, esta ordenanza recoge la creación de la Mesa del Taxi, como órgano especializado en el que participarán los responsables de la política de transportes y los sectores empresariales, sindicales y sociales más representativos del ámbito del taxi, y cuya intervención será preceptiva en determinados procedimientos administrativos, como es el caso de la modificación o reducción del número de licencias de taxi.

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