El Pleno sanmiguelero aprueba la modificación de la Ordenanza que permitirá la exención del pago de este impuesto a aquellas personas que han tenido q...

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona, en Sesión Plenaria, adapta su Ordenanza Municipal del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (PLUSVALIA), conforme al Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que modifica el texto refundido de las Haciendas Locales relativa a la exención del pago del citado impuesto con efectos desde el 01 de enero de 2014 , así como para los hechos imponibles anteriores a dicha fecha no prescritos, sobre aquellas transmisiones de la vivienda con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o garante del mismo, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades de crédito y se cumpla con los requisitos exigidos.

El alcalde sanmiguelero, Valentín González, y el concejal de Hacienda, Antonio Manuel Rodríguez, manifiestan que “no se puede entender que una persona que pierde su vivienda habitual y sin otro tipo de recursos, por una dación en pago o como consecuencia de una ejecución hipotecaria, este obligado a que sufragar el pago de este impuesto”. Asimismo, hacen alusión a que “nos encontramos frente a una figura tributaria cuyos sujetos pasivos, exenciones y supuesto de no sujeción han sufrido diversas variaciones en los últimos ejercicios, por lo que se ha propuesto adaptar la ordenanza a lo expuesto en  la normativa reguladora de haciendas locales”.

Esta medida adoptada por el Gobierno Central es de lógica razonable, y complementa la modificación de la citada ordenanza realizada en enero de éste año, sobre medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, en donde trasladaba al sujeto pasivo de este impuesto al adquiriente del inmueble.

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