Aprobación inicial de la Ordenanza que regula los Vertidos de Aguas Residuales

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona procedía recientemente en sesión plenaria a la aprobación inicial de la Ordenanza de Vertidos de Aguas Residuales del municipio, una ordenanza que, según el alcalde, Valentín González, “pretende regular el uso adecuado la infraestructura de saneamiento, así como las condiciones a las que deben adecuarse los vertidos de aguas residuales procedentes de las instalaciones domésticas e industriales en San Miguel de Abona”, añadiendo que “el fin de esta ordenanza es proteger las instalaciones, los recursos hidráulicos y por tanto el medio ambiente y la salud de las personas”. Se trata pues de, evitar problemas de alteraciones a la función del sistema de saneamiento por afección de las capacidades de evacuación, impedimentos y dificultades a los trabajos de mantenimiento ordinario por creación de condiciones de peligrosidad o toxicidad.

Así, esta ordenanza tendría como objeto regular la utilización de la red pública de saneamiento municipal y las instalaciones complementarias, determinando las prescripciones a que deben someterse quienes hagan uso de ella. Asimismo, el edil añade que “se contempla además las normas de utilización y regulación de los vertidos, afecciones y reposiciones, normas de vertido, autorizaciones de vertidos no domésticos, tratamiento, inspección de las instalaciones y análisis de muestras, inspección y vigilancia, así como procedimientos de suspensión de vertidos, sistemas de emergencia e infracciones y sanciones, puesto que la ordenanza recoge la clasificación de los vertidos en aguas residuales domésticas y no domésticas, así como vertidos prohibidos y permitidos”.

Desde el consistorio se informa que la tasa de saneamiento se realizará en función del consumo de agua potable medido en el correspondiente contador. En aquellos casos en los que las viviendas, locales comerciales y edificios industriales utilicen agua de procedencia distinta a la suministrada por la red de abastecimiento municipal, y viertan sus aguas residuales a la red de saneamiento del Ayuntamiento, se procederá a aplicar la tasa correspondiente de acuerdo con el consumo de dicha instalación. Esta Ordenanza se encuentra publicada en el BOP y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento a efectos de presentación de reclamaciones o sugerencias.

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