Desde la Concejalía de Economía y Hacienda se les recuerda que tienen a su disposición, a través del Consorcio de Tributos, la posibilidad de fraccionar el pago del IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) y del IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM), mediante el sistema personalizado de pagos (fraccionamiento sin intereses).
(*) Condiciones especificadas en el artículo 40 bis de la Ordenanza Fiscal General de los Tributos y demás ingresos de derecho público encomendados al Consorcio de Tributos de Tenerife.
BENEFICIOS FISCALES DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE ABONA
Ponemos a su disposición la siguiente información tributaria, referente a los beneficios fiscales a los que puede acogerse:
(*) Título X, de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (BOP Nº 169, 10-10-2011)
(*)Artículos 5 y 6 de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (BOP nº 180 24-12-2012)
Modelo 612 Solicitud de Bonificación del 100% IVTM por antigüedad mínima de 25 años.
Modelo 610 Solicitud de Exención del IVTM. (Discapacidad igual o superior al 33%)
(*) Artículo 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora del IIVTNU (Bop nº 167 fecha 22-12-2014).
(*) SMI (SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL)
(**) Artículo 4º de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por prestación de los servicio de recogida de Residuos Sólidos Urbanos (Bop nº 180 fecha 24-12-2012).
(***) Artículo 12 de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por el Servicio de Alcantarillado y tratamiento y vertido de aguas residuales del sistema de saneamiento (Bop nº 167 fecha 22-12-2014).
(*) Artículo 7 de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías (BOP Nº 51, 28-04-2017)
(*) Artículo 4 de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por la prestación de los servicios de Cementerio Municipal (BOP Nº 87, 21-07-2017).