Anuncio aprobación inicial modificación Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Con fecha 28 de diciembre de 2023, el Pleno de la corporación aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Anuncio publicado en el BOP nº 7 de fecha de 15 de enero de 2024. Se somete el expediente a información pública por un plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones o sugerencias que se estimen oportunas.

TEXTO INTEGRO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DEL IVTM.

Fecha de inicio: 16 enero de 2024.

Fecha fin: 28 de febrero de 2024.

Trámite de audiencia – Proyecto de Ordenanza

Dado que la Ordenanza municipal reguladora del servicio de auto-taxis en este municipio, es una norma que afecta a los derechos e intereses legítimos de las personas, se publica el texto del proyecto de la Ordenanza en el portal web municipal, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades (art. 133.2 LPACAP):

ORDENANZA MUNICIPAL DEL SERVICIO DE AUTO-TAXI DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE ABONA

El plazo de audiencia será de 10 días hábiles, que prevé el artículo 82.2 de la 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas -LPACAP-, durante los cuales los destinatarios podrán realizar las aportaciones que consideren oportunas.

Consultas Públicas Previas

Consulta Previa Ordenanza fiscal reguladora ICIO

Consulta Previa Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por Licencia Urbanística

Consulta Previa Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos

Consulta Previa Ordenanza fiscal reguladora del IVTM

Plazo de presentación: del 6 al 27 de octubre de 2023 (ambos inclusive).

Entra en vigor la ordenanza que regulará el estacionamiento de Autocaravanas y/o Campers

El Ayuntamiento reafirma además el apoyo a este colectivo con la habilitación de un espacio para el estacionamiento de estos vehículo.

El pasado mes de noviembre, y a propuesta del grupo de gobierno, que atendió las demandas planteadas por ACAT Tenerife,  se llevó a sesión plenaria la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora del estacionamiento de Autocaravanas y/o Campers en zonas habilitadas por el propio ayuntamiento. Una propuesta que fue aprobada por unanimidad y que recientemente ha entrado en vigor, tras los trámites pertinentes. Un documento que regula el estacionamiento y pernocta de los vehículos vivienda, así como el uso y disfrute de las zonas delimitadas para el aparcamiento o estacionamiento dentro de las áreas existentes en el término municipal.

En base a ello, cabe destacar que el consistorio sanmiguelero es pionero en la habilitación de un espacio para el estacionamiento autorizado de estos vehículos en Costa San Miguel, y más concretamente, en Amarilla Golf. Un terreno de unos 7.000 metros cuadrados, con un Punto Ecológico para el reciclado de residuos y llenado de depósitos de aguas limpias, y que permitirá una permanencia de 72 horas máximo.

En palabras del alcalde, Arturo González, “apostamos por un colectivo que no estaba siendo reconocido como merecía, y que además propicia que se invierta en el municipio y se mejore la actividad económica. Habilitamos en definitiva, un espacio que pretende convertirse en un recurso más para mejorar la oferta turística de San Miguel”, matiza el alcalde.

El consistorio propone la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Ayudas a Emergencias Social, a Personas con Discapacidad y a Personas Mayores para llegar a más personas y cubrir un mayor número de necesidades

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona, a través de la concejalía de Servicios Sociales presentará en la próxima sesión plenaria una propuesta que permita modificar la actual Ordenanza Reguladora de las Ayudas a Emergencias Social, a Personas con Discapacidad y a Personas Mayores.

El alcalde, Arturo González, declara que se trata de una propuesta que tiene por objetivo adaptar esta ordenanza, “puesto que durante los dos últimos años, especialmente en los últimos meses y con la crisis socioeconómica provocada por la covid, desde los servicios sociales se ha evidenciado la necesidad urgente de modificar algunos artículos y apartados, los cuales se han quedado obsoletos ante la actual realizad social y económica de muchas personas”. Explica además González que “la experiencia y el trabajo diario desarrollado en esta área, nos hacen ver que ahora mismo las necesidades no solo son otras, sino que son más y nuestro cometido principal a día de hoy es cubrir esas necesidades”.

Así, entre las novedades que presentaría la nueva Ordenanza destaca el hecho de reforzar el número y la cuantía de ayudas en alimentos, medicamentos o alquiler, que son las más demandadas; se aumenta además  la cuantía de las ayudas que ya existían para alojamiento alternativo, gastos de agua y luz, arreglo de vivienda o compra de prótesis; o se añade la ayuda al pago de la hipoteca para evitar el desahucio cuando hay deuda acumulada. Además, la edil destaca “la excepcionalidad en todas las cláusulas de cualquier tipo de ayuda en número y cantidad cuando se valore que sea necesario”, recordando que este año “se ha triplicado la partida presupuestaria destinada a emergencia social, precisamente con la intención de cubrir estas necesidades básicas sociales”. Unas ayudas que no se están concediendo a través de convocatorias puntuales sino que “son efectivas a lo largo de todo el año, por lo que se actúa cuando la situación de cada persona así lo requiera”.

La ordenanza recogería también la modificación de criterios de baremación, con la intención de llegar a un mayor número de vecinos, como es el caso de la ampliación de la renta per cápita y los conceptos que se deducen.

El resultado de no cumplir con la Ordenanza Municipal Reguladora sobre la Protección y Tenencia de Animales de Compañía

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona ha hecho balance de las infracciones tramitadas a lo largo del año en relación con la Ordenanza Municipal Reguladora sobre la Protección y Tenencia de Animales de Compañía. Durante el 2019 se han sancionado 8 faltas con animales potencialmente peligrosos y 20 con animales de compañía.

Así, se destaca que dentro de las infracciones más comunes de animales potencialmente peligrosos se encuentran la de no poseer la licencia correspondiente a estas mascotas, cuyas multas oscilan entre 2.404’06 € y los 15.025’30 €; o hallarse en lugares públicos sin bozal o no sujetas con cadena, con multas entre 300’52 € y los 2.404’05 €, pudiendo llevar aparejadas como sanciones accesorias la confiscación o decomiso de los animales, entre otros.

En cuanto a animales de compañía, las infracciones que más se han tramitado son las de posesión de perros no censados o no identificados, además de la no tenencia o la tenencia incompleta de un archivo con fichas clínicas de los animales objeto de vacunación y de tratamiento obligatorio. Por otra parte, causar molestias al vecindario tales como ladridos y ensuciar la vía pública por excrementos como consecuencia de la tenencia de animales son infracciones que, aunque en menor medida, también se han llevado a cabo, ambas sancionadas con multas que pueden llegar hasta los 750 € y los 300 €, respectivamente.

Cabe recordar a los vecinos y vecinas que la posesión de animales domésticos, ya sean potencialmente peligrosos o no, obliga a la adopción de medidas y precauciones necesarias para el correcto bienestar social y animal,  así como que la responsabilidad de los actos recae sobre quien esté al cuidado del animal cuando se produzca el hecho, independientemente de que sea su propietario o no.

Desde el Ayuntamiento de San Miguel de Abona se señala que la realidad de la tenencia irresponsable de animales de compañía, afortunadamente, no afecta a la mayoría de los propietarios de animales domésticos, pero si hay muchos otros que actúan con incivismo y hay que concienciar, corregir y sancionar esas conductas que causan daño a la imagen de nuestro municipio.

Aprobación inicial de la Ordenanza que regula los Vertidos de Aguas Residuales

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona procedía recientemente en sesión plenaria a la aprobación inicial de la Ordenanza de Vertidos de Aguas Residuales del municipio, una ordenanza que, según el alcalde, Valentín González, “pretende regular el uso adecuado la infraestructura de saneamiento, así como las condiciones a las que deben adecuarse los vertidos de aguas residuales procedentes de las instalaciones domésticas e industriales en San Miguel de Abona”, añadiendo que “el fin de esta ordenanza es proteger las instalaciones, los recursos hidráulicos y por tanto el medio ambiente y la salud de las personas”. Se trata pues de, evitar problemas de alteraciones a la función del sistema de saneamiento por afección de las capacidades de evacuación, impedimentos y dificultades a los trabajos de mantenimiento ordinario por creación de condiciones de peligrosidad o toxicidad.

Así, esta ordenanza tendría como objeto regular la utilización de la red pública de saneamiento municipal y las instalaciones complementarias, determinando las prescripciones a que deben someterse quienes hagan uso de ella. Asimismo, el edil añade que “se contempla además las normas de utilización y regulación de los vertidos, afecciones y reposiciones, normas de vertido, autorizaciones de vertidos no domésticos, tratamiento, inspección de las instalaciones y análisis de muestras, inspección y vigilancia, así como procedimientos de suspensión de vertidos, sistemas de emergencia e infracciones y sanciones, puesto que la ordenanza recoge la clasificación de los vertidos en aguas residuales domésticas y no domésticas, así como vertidos prohibidos y permitidos”.

Desde el consistorio se informa que la tasa de saneamiento se realizará en función del consumo de agua potable medido en el correspondiente contador. En aquellos casos en los que las viviendas, locales comerciales y edificios industriales utilicen agua de procedencia distinta a la suministrada por la red de abastecimiento municipal, y viertan sus aguas residuales a la red de saneamiento del Ayuntamiento, se procederá a aplicar la tasa correspondiente de acuerdo con el consumo de dicha instalación. Esta Ordenanza se encuentra publicada en el BOP y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento a efectos de presentación de reclamaciones o sugerencias.

El Pleno sanmiguelero aprueba la modificación de la Ordenanza que permitirá la exención del pago de este impuesto a aquellas personas que han tenido que vender su vivienda habitual con ocasión de la dación en pago

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona, en Sesión Plenaria, adapta su Ordenanza Municipal del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (PLUSVALIA), conforme al Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que modifica el texto refundido de las Haciendas Locales relativa a la exención del pago del citado impuesto con efectos desde el 01 de enero de 2014 , así como para los hechos imponibles anteriores a dicha fecha no prescritos, sobre aquellas transmisiones de la vivienda con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o garante del mismo, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades de crédito y se cumpla con los requisitos exigidos.

El alcalde sanmiguelero, Valentín González, y el concejal de Hacienda, Antonio Manuel Rodríguez, manifiestan que “no se puede entender que una persona que pierde su vivienda habitual y sin otro tipo de recursos, por una dación en pago o como consecuencia de una ejecución hipotecaria, este obligado a que sufragar el pago de este impuesto”. Asimismo, hacen alusión a que “nos encontramos frente a una figura tributaria cuyos sujetos pasivos, exenciones y supuesto de no sujeción han sufrido diversas variaciones en los últimos ejercicios, por lo que se ha propuesto adaptar la ordenanza a lo expuesto en  la normativa reguladora de haciendas locales”.

Esta medida adoptada por el Gobierno Central es de lógica razonable, y complementa la modificación de la citada ordenanza realizada en enero de éste año, sobre medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, en donde trasladaba al sujeto pasivo de este impuesto al adquiriente del inmueble.

Queda abierta la convocatoria para la obtención del permiso municipal de conducir

Se trata de una prueba de aptitud regulada en la Ordenanza del Servicio de Auto-Taxis, aprobada en la última sesión del pleno sanmiguelero.

El Ayuntamiento de San Miguel de Abona aprobó la Ordenanza del Servicio de Auto-Taxis por la que se regula el transporte en taxi, adaptada a la normativa autonómica de aplicación, según el Decreto 74/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi.

El alcalde, Valentín González, y la Concejala de Transportes, Candelaria Flores, manifiestan que “la condición de para acceder al permiso municipal para conducir auto-taxis se debe superar como mínimo dos pruebas de aptitud al año en las que se incluirá, entre otras, el conocimiento del patrimonio y lugares de interés turístico del municipio, así como del propio reglamento o pruebas de inglés, esta última de carácter voluntario”.

Es por ello que, tras la publicación de esta convocatoria en el BOP el pasado 28 de marzo, aquellas personas que estén interesadas en participar en la misma deben presentar su solicitud antes del 13 de abril. El texto íntegro de las bases, así como el anexo con el temario podrán ser examinados en el área de Transportes hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, la convocatoria y las bases reguladoras del procedimiento están expuestas en el tablón de anuncios de la Corporación así como en la sede electrónica del Ayuntamiento,  https://sede.sanmigueldeabona.es.

Entra en Vigor la nueva Ordenanza del Servicio de Auto-Taxis, que regulará las condiciones generales de prestación del servicio

Desde el área municipal de transporte se ha iniciado una campaña de información sobre el procedimiento y modelo para la tramitación de la nueva normativa.

La Ordenanza del Servicio de Auto-Taxis, cuya propuesta fue presentada por la Concejala de  Transportes, Candelaria Flores, y que regulará el transporte en taxi, la cual ha sido adaptada a sus vez al Reglamento de Desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, así como al Reglamento del Servicio del Taxi.

El alcalde del municipio, Valentín González, declaraba que “se regularán las condiciones generales de prestación del servicio, existiendo la posibilidad de que el mismo puede ser prestado personalmente por los titulares de la licencia o mediante la contratación como máximo de dos conductores o conductoras asalariados, no permitiéndose contratos de trabajo por períodos inferiores a veinte horas semanales”. Asimismo, añade que “desde el área municipal de transporte se ha procedido a la adaptación de los procedimientos administrativos conforme a dicha normativa, estando disponibles los diferentes modelos para la tramitación tanto en las oficinas del SAC como en las sede electrónica del ayuntamiento”. En este sentido se han mantenido las reuniones pertinentes con la Asociación de Auto-Taxis de San Miguel de Abona, quienes han procedido a llevar a cabo los respectivos cambios en el servicio.

Por su parte, Candelaria Flores, apuntaba que “como novedad en este nuevo reglamento destaca que entre las características del vehículo habrá una cantidad mínima de cinco plazas  y una máxima de nueve plazas”, añadiendo además que “para acceder al permiso municipal para conducir auto-taxis se debe pasar como mínimo dos pruebas de aptitud al año en las que se incluirá, entre otras, el conocimiento del patrimonio y lugares de interés turístico del municipio, así como del propio reglamento o pruebas de inglés, esta última de carácter voluntario”.

Entre los aspectos que se regulan destaca las condiciones de estacionamiento, de los turnos en las paradas y de la circulación; los turnos, días y descansos; las condiciones exigibles en cuanto a seguridad del vehículo; la indumentaria y equipamiento del vehículo, las condiciones específicas sobre publicidad exterior e interior del vehículo, la información de transportes y tarifas; o la calidad y adaptación a la demanda de las personas usuarias; en este último caso se especifica que un 5% de las licencias deben corresponder a vehículos adaptados para personas con discapacidad. Se resalta además que la regulación de las tarifas en las vías urbanas estará fijada por el Ayuntamiento y, en el caso de las interurbanas, por el Gobierno de Canarias.

Cabe destacar igualmente que los vehículos tendrán que pasar por una revisión anual en relación a las condiciones de seguridad, conservación y documentación. Desde el consistorio se especifica que esta revisión municipal  se llevará a cabo por parte de la Policía Local, dentro de las competencias que le son propias, incluyéndose en el Reglamento un régimen de clasificación de sanciones. Igualmente, se establece las condiciones de vigencia, suspensión, transmisión, rescate y extinción de las licencias municipales, además de prever, como medida de agilización administrativa, la posibilidad de tramitar conjuntamente la expedición de la licencia municipal y de la autorización insular.

Finalmente, esta ordenanza recoge la creación de la Mesa del Taxi, como órgano especializado en el que participarán los responsables de la política de transportes y los sectores empresariales, sindicales y sociales más representativos del ámbito del taxi, y cuya intervención será preceptiva en determinados procedimientos administrativos, como es el caso de la modificación o reducción del número de licencias de taxi.